Parámetros a la fiscalización discrecional de la SUNAT para resguardar la intimidad del contribuyente, a propósito del caso Vásquez Wong
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Fecha
2024
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Editor
Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo
Resumen
Entre las funciones que tiene a cargo la SUNAT, está la fiscalización (verificación) del cumplimiento de las obligaciones tributarias; y, según el Código Tributario, tal ente puede supervisar ello discrecionalmente (siguiendo su propio criterio -por ejemplo, decide qué información solicita-). Dicha facultad, ha generado posturas a favor y en contra dado el impacto que produce; y no fue, hasta el año 2006 que, esa disyuntiva se materializo en un caso concreto. En tal ocasión, se violentó la intimidad del contribuyente al exigirle información sin relevancia tributaria. Bajo ese contexto, y en busca de una solución, planteamos como objetivo general: La proposición de parámetros que seguirá la SUNAT para no vulnerar la intimidad del contribuyente; para abordar dicho propósito, estudiamos sus particularidades, desglosadas en objetivos específicos: Discutir sobre la discrecionalidad, estructurar el procedimiento de fiscalización y explicar el derecho a la intimidad del contribuyente. El tratamiento de ello, se efectuó usando como material de trabajo, distintas fuentes bibliográficas (tesis, libros y recursos electrónicos); y como método de estudio, empleamos el analítico, en cuanto desmembramos la investigación en apartados para dar respuesta a nuestros objetivos. Lo mentado, hizo posible la obtención de los siguientes resultados: El escaso tratamiento de la discrecionalidad, mala praxis de la discrecionalidad en la fiscalización y la vulneración de la intimidad del contribuyente materializado en el Exp. N°4168-2006-PA/TC. De lo abocado, concluimos que, se protegerá al contribuyente si, incorporamos en el reglamento de fiscalización parámetros que sirvan de regulación y control a la actuación de la SUNAT.
Entre las funciones que tiene a cargo la SUNAT, está la fiscalización (verificación) del cumplimiento de las obligaciones tributarias; y, según el Código Tributario, tal ente puede supervisar ello discrecionalmente (siguiendo su propio criterio -por ejemplo, decide qué información solicita-). Dicha facultad, ha generado posturas a favor y en contra dado el impacto que produce; y no fue, hasta el año 2006 que, esa disyuntiva se materializo en un caso concreto. En tal ocasión, se violentó la intimidad del contribuyente al exigirle información sin relevancia tributaria. Bajo ese contexto, y en busca de una solución, planteamos como objetivo general: La proposición de parámetros que seguirá la SUNAT para no vulnerar la intimidad del contribuyente; para abordar dicho propósito, estudiamos sus particularidades, desglosadas en objetivos específicos: Discutir sobre la discrecionalidad, estructurar el procedimiento de fiscalización y explicar el derecho a la intimidad del contribuyente. El tratamiento de ello, se efectuó usando como material de trabajo, distintas fuentes bibliográficas (tesis, libros y recursos electrónicos); y como método de estudio, empleamos el analítico, en cuanto desmembramos la investigación en apartados para dar respuesta a nuestros objetivos. Lo mentado, hizo posible la obtención de los siguientes resultados: El escaso tratamiento de la discrecionalidad, mala praxis de la discrecionalidad en la fiscalización y la vulneración de la intimidad del contribuyente materializado en el Exp. N°4168-2006-PA/TC. De lo abocado, concluimos que, se protegerá al contribuyente si, incorporamos en el reglamento de fiscalización parámetros que sirvan de regulación y control a la actuación de la SUNAT.
Entre las funciones que tiene a cargo la SUNAT, está la fiscalización (verificación) del cumplimiento de las obligaciones tributarias; y, según el Código Tributario, tal ente puede supervisar ello discrecionalmente (siguiendo su propio criterio -por ejemplo, decide qué información solicita-). Dicha facultad, ha generado posturas a favor y en contra dado el impacto que produce; y no fue, hasta el año 2006 que, esa disyuntiva se materializo en un caso concreto. En tal ocasión, se violentó la intimidad del contribuyente al exigirle información sin relevancia tributaria. Bajo ese contexto, y en busca de una solución, planteamos como objetivo general: La proposición de parámetros que seguirá la SUNAT para no vulnerar la intimidad del contribuyente; para abordar dicho propósito, estudiamos sus particularidades, desglosadas en objetivos específicos: Discutir sobre la discrecionalidad, estructurar el procedimiento de fiscalización y explicar el derecho a la intimidad del contribuyente. El tratamiento de ello, se efectuó usando como material de trabajo, distintas fuentes bibliográficas (tesis, libros y recursos electrónicos); y como método de estudio, empleamos el analítico, en cuanto desmembramos la investigación en apartados para dar respuesta a nuestros objetivos. Lo mentado, hizo posible la obtención de los siguientes resultados: El escaso tratamiento de la discrecionalidad, mala praxis de la discrecionalidad en la fiscalización y la vulneración de la intimidad del contribuyente materializado en el Exp. N°4168-2006-PA/TC. De lo abocado, concluimos que, se protegerá al contribuyente si, incorporamos en el reglamento de fiscalización parámetros que sirvan de regulación y control a la actuación de la SUNAT.
Descripción
Palabras clave
Discrecionalidad de la SUNAT y protección de la intimidad, Fiscalización tributaria, Marco legal para la fiscalización, SUNAT's discretion and privacy protection, Tax audit, Legal framework for audits
Citación
Marin Martinez, M. V. (2024). Parámetros a la fiscalización discrecional de la SUNAT para resguardar la intimidad del contribuyente, a propósito del caso Vásquez Wong [Tesis de licenciatura, Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo]. Repositorio de Tesis USAT.
